Principales obligaciones fiscales correspondientes al presente mes de abril 2016

Pasamos a detallarles las principales obligaciones fiscales correspondientes al presente mes de abril – 2016-

ESTIMACIÓN OBJETIVA (signos, índices o módulos)

I.R.P.F.

Declaración e ingreso hasta el día 20 del presente mes, correspondiente al primer trimestre.

Aquellas empresas que hayan realizado inversiones durante el año anterior (construcciones, útiles, herramientas, equipos para el tratamiento de la información, vehículos, maquinaria, etc) deberán remitirnos, si aun no lo han hecho, una copia de dichas facturas.

I.V.A.

Declaración e ingreso hasta el día 20 de los corrientes.

RETENCIONES

Declaración e ingreso hasta el día 20 de los corrientes, correspondiente al primer trimestre del 2016, por los rendimientos de trabajo, actividades profesionales y retenciones procedentes de arrendamientos urbanos (realizada por los arrendatarios).

Les recordamos de nuevo que el % a retener, en el caso de arrendamientos urbanos, pasó a ser, desde el mes de Enero-2016 el 19%. 

ESTIMACIÓN DIRECTA Y DIRECTA SIMPLIFICADA

Declaración e ingreso correspondiente al primer trimestre- 2015, hasta el próximo día 20 de los corrientes.

SOCIEDADES

Pago a cuenta del Impuesto sobre sociedades, en los veinte primeros días del actual mes de abril.

DECLARACION RECAPITULATIVA (MODELO 349)

Están obligados a presentar esta declaración los empresarios o profesionales que realicen las siguientes operaciones: adquisiciones o entregas intracomunitarias de bienes y también las adquisiciones intracomunitarias de servicios y prestaciones intracomunitarias de servicios.

El periodo para presentar la declaración será trimestral excepto para aquellos empresarios que superen en un mes o en un trimestre completo el importe de 50.000,00€ por el concepto de entregas de bienes y prestaciones de servicios.

En caso de superar ese importe la declaración será mensual.

  • El plazo para la declaración será hasta el día 20 de abril.

¡¡MUY IMPORTANTE!! Durante el mes de abril y mayo, recibirán de la Agencia Tributaria, los datos fiscales que disponen del ejercicio 2015.

Dichos datos, les rogamos nos los envíen a la mayor brevedad posible, con el fin de poder ir preparando la declaración de la renta.