Pasamos a detallarles las principales obligaciones fiscales correspondientes al presente mes de abril – 2018-
ESTIMACIÓN OBJETIVA (signos, índices o módulos)
I.R.P.F.
Declaración e ingreso hasta el día 20 del presente mes, correspondiente al primer trimestre.
I.V.A.
Declaración e ingreso hasta el día 20 de los corrientes.
RETENCIONES
Declaración e ingreso hasta el día 20 de los corrientes, correspondiente al primer trimestre del 2018, por los rendimientos de trabajo, actividades profesionales y retenciones procedentes de arrendamientos urbanos (realizada por los arrendatarios).
ESTIMACIÓN DIRECTA Y DIRECTA SIMPLIFICADA
Declaración e ingreso correspondiente al primer trimestre- 2018, hasta el próximo día 20 de los corrientes.
SOCIEDADES
Pago a cuenta del Impuesto sobre sociedades, en los veinte primeros días del actual mes de abril.
DECLARACION RECAPITULATIVA (MODELO 349)
Están obligados a presentar esta declaración los empresarios o profesionales que realicen las siguientes operaciones: adquisiciones o entregas intracomunitarias de bienes y también las adquisiciones intracomunitarias de servicios y prestaciones intracomunitarias de servicios.
El periodo para presentar la declaración será trimestral excepto para aquellos empresarios que superen en un mes o en un trimestre completo el importe de 50.000,00€ por el concepto de entregas de bienes y prestaciones de servicios.
En caso de superar ese importe la declaración será mensual.
- El plazo para la declaración será hasta el día 20 de abril.