Pasamos a detallarles las principales obligaciones fiscales correspondientes al presente mes de Julio del año 2018.
PAGOS FRACCIONADOS (ESTIMACION OBJETIVA)
Declaración e ingreso, antes del día 20 de los corrientes, correspondiente al segundo trimestre.
ESTIMACION DIRECTA Y DIRECTA SIMPLIFICADA
Declaración e ingreso correspondiente al segundo trimestre-2018, antes del próximo día 20 de los corrientes.
RETENCIONES
Declaración e ingreso antes del día 20 de los corrientes, correspondiente al segundo trimestre del 2 018, por los rendimientos de trabajo, actividades profesionales y retenciones procedentes de arrendamientos urbanos (realizada por los arrendatarios).
IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO
Declaración de las cuotas a ingresar o compensar, correspondientes al segundo trimestre del 2 018, antes del día 20 de Julio.
SOCIEDADES
Impuesto: Declaración e ingreso por los rendimientos obtenidos en el ejercicio anterior, antes de los 25 días naturales siguientes a los seis meses posteriores al término del periodo impositivo.
Aquellas sociedades que hayan tenido alguna sanción en 2017, deberán comunicárnoslo (importe y concepto) por si hubiera que hacer algún “ajuste extracontable”.
Es importante porque de no hacerlo podría dar lugar a una nueva sanción.
Registro: Presentación al registro mercantil de cuentas relativas al ejercicio 2017, antes del día 30 de Julio de los corrientes.