Medidas especiales nivel III (reforzadas con medidas adicionales) brotes comunitarios covid-19 en el ámbito territorial de la provincia de Ciudad Real

RESOLUCIÓN DE 13/01/2021, DE LA DELEGACION PROVINCIAL DE SANIDAD DE CIUDAD REAL, POR LA QUE SE ADOPTAN MEDIDAS DE LA LEY ORGANICA 3/1986, DE 14 DE ABRIL, DE MEDIDAS ESPECIALES EN MATERIA DE SALUD PUBLICA PARA LA CONTENCION DE LA EXPANSION DEL COVID-19. ASUNTO: ADOPCION DE MEDIDAS ESPECIALES NIVEL III (REFORZADAS CON MEDIDAS ADICIONALES) BROTES COMUNITARIOS COVID-19 EN EL AMBITO TERRITORIAL DE LA PROVINCIA DE CIUDAD REAL

Estimados clientes, a continuación les mostramos las medidas más relevantes (en materia de trabajo) contempladas en dicha resolución para la provincia de Ciudad Real, las cuales ya están en vigor y se mantendrán durante un plazo mínimo de 10 días.

– Aplicar en todos los municipios de la provincia de Ciudad Real las medidas de nivel 3, reforzadas con las medidas que se verán a continuación.

– Cierre de bares, restaurantes, cafeterías, pubs y otros establecimientos similares. Exceptuándose aquellos locales que presten un servicio esencial, como aquellos servicios de hostelería en hospitales, en servicios hoteleros para uso exclusivo de clientes, hostelería situada en los lugares de trabajo para uso exclusivo de trabajadores o servicios de comedor escolar y guarderías, quedando suspendido el servicio de barra y con aforo máximo de un tercio del habitual. Se permite el reparto a domicilio dentro del margen horario.

Cierre de locales de juegos y apuestas, bingos y establecimientos similares.

– Cierre de hogares de jubilados y centros colectivos de sociedades recreativas y culturales.

Suspensión de todo tipo de actividades culturales y de ocio tales como cines, teatros, conferencias y otros que supongan la participación o presencia de más de 6 personas.

Cierre de centros y superficies comerciales. Se exceptúan de esta medida los establecimientos situados en dichos centros dedicados a la venta de productos de alimentación, higiene y otros productos considerados esenciales, así como el pequeño comercio.

Cierre de gimnasios, saunas y otros recintos de práctica del deporte y la educación física.

Academias, autoescuelas y otros centros de formación no reglada disminuirán su aforo máximo al 50% por ciento del habitual.

Los hoteles sólo podrán contratar el 50% de su capacidad. El uso de sus zonas comunes se verá limitado en su aforo al 25%.

Mercadillos y mercados al aire libre deberán limitar el número de puestos instalados a 1/3 del previamente establecido. Se deberá asegurar una distancia de seguridad entre puestos de al menos 4 metros.

Adelantar el toque de queda desde las 22:00 horas de cada día hasta las 07:00 horas del día siguiente.

– Ordenar el confinamiento perimetral de todos y cada uno de los municipios de la provincia.

– Mantener estas medidas durante un mínimo de 10 días a partir de la aprobación de este informe, prorrogables en función de la evolución de la situación epidemiológica.

Sin otro particular, aprovechamos para mandarles un cordial saludo.