Pasamos a indicarles las principales obligaciones fiscales correspondientes al mes de abril de 2021 (1 Trimestre), existiendo la posibilidad, gracias a lo dispuesto en la D.A. 3ª del RD Ley 5/2021, de 12 Marzo, de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID-19, de poder aplazar estas declaraciones trimestrales (Modelo 111: Retenciones trimestrales a trabajadores, Modelo 115: Retenciones de arrendamiento o subarrendamiento, Modelo 130/131: Pagos fraccionados de IRPF, Modelo 202: Pagos a cuenta del Impuesto sobre sociedades y Modelo 303: Declaración trimestral de IVA) hasta 6 meses, teniendo en cuenta que solo los primeros 4 meses estarán exentos de intereses. El único requisito es que el autónomo o empresario tenga un volumen de operaciones inferior a 6.010.121,04 € y se podrán aplazar un importe máximo de 30.000,00 € entre todos los impuestos.
ESTIMACIÓN OBJETIVA (signos, índices o módulos)
I.R.P.F.
Declaración e ingreso hasta el día 20 del presente mes, correspondiente al primer trimestre.
I.V.A.
Declaración e ingreso hasta el día 20 de los corrientes.
RETENCIONES
Declaración e ingreso hasta el día 20 de los corrientes, correspondiente al primer trimestre del 2020, por los rendimientos de trabajo, actividades profesionales y retenciones procedentes de arrendamientos urbanos (realizada por los arrendatarios).
ESTIMACIÓN DIRECTA Y DIRECTA SIMPLIFICADA
Declaración e ingreso correspondiente al primer trimestre- 2021, hasta el próximo día 20 de los corrientes.
SOCIEDADES
Pago a cuenta del Impuesto sobre sociedades, en los veinte primeros días del actual mes de abril.
DECLARACION RECAPITULATIVA (MODELO 349)
Están obligados a presentar esta declaración los empresarios o profesionales que realicen las siguientes operaciones: adquisiciones o entregas intracomunitarias de bienes y también las adquisiciones intracomunitarias de servicios y prestaciones intracomunitarias de servicios.
El periodo para presentar la declaración será trimestral excepto para aquellos empresarios que superen en un mes o en un trimestre completo el importe de 50.000,00€ por el concepto de entregas de bienes y prestaciones de servicios.
En caso de superar ese importe la declaración será mensual.
- El plazo para la declaración será hasta el día 20 de abril.