Archivo de la etiqueta: 2023

INFORMACIÓN PARA LA PRESENTACIÓN DE LOS MODELOS 347 Y 349

Pasamos a indicarles información relativa a la presentación de los modelos siguientes:

Modelo 347 (declaración anual de operaciones con terceros).

Modelo 349 (declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias).

Modelo 347. Declaración anual de operaciones con terceros

Sujetos obligados: Empresarios y profesionales que realicen operaciones por los importes siguientes:

Importes anuales superiores a 3.005,06€, IVA incluido (desglosado en trimestres por proveedor/cliente). 

Importes superiores a 300,51€ cuando realicen la función de cobro por cuenta de terceros de honorarios profesionales o de derechos derivados de la propiedad intelectual, industrial o de autor u otros por cuenta de sus socios, asociados o colegiados 

Importes superiores a 6.000€ que se hubieran percibido en metálico de cada una de las personas o entidades relacionadas en la declaración (desglosado anualmente).

Subvenciones

Así, las operaciones declarables separadamente de las demás son:

Los importes superiores a 6.000 euros que se hubieran percibido en metálico de cada una de las personas o entidades relacionadas en la declaración.

Las operaciones en las que el sujeto pasivo sea el destinatario de la misma, declarando el total de la operación, incluyendo el IVA auto repercutido (inversión del sujeto pasivo).

Los sujetos pasivos que realicen operaciones a las que sea de aplicación el régimen especial del criterio de caja del IVA, así como los sujetos pasivos que sean destinatarios de las operaciones incluidas en el mismo.

Las operaciones no declarables  son:

Aquellas por las que no se deba expedir factura o firmar el recibo por el adquiriente en el régimen especial de agricultura, ganadería y pesca.

Las realizadas al margen de la actividad.

Importaciones, exportaciones y operaciones realizadas con Baleares,  Canarias, Ceuta y Melilla.

En general, aquellas respecto de las que exista obligación periódica de información.

Plazo: Durante el mes de febrero de 2023, en relación con las operaciones realizadas en el año natural anterior (2022). 

Modelo 349. Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias

Sujetos obligados: Todas los sujetos pasivos del Impuesto sobre Valor Añadido (IVA) que hayan realizado operaciones intracomunitarias y con algunos requisitos:

No se realicen en el territorio de aplicación del impuesto.

Estén gravadas por otro Estado miembro.

Que el destinatario sea empresario o profesional que actúe como tal y radique en dicho estado miembro la sede de su actividad económica o establecimiento permanente, o bien sea una persona jurídica que no actúe como empresario o profesional pero posea un número de identificación de IVA que le proporcione dicho estado miembro.

Que el sujeto pasivo sea el mismo destinatario (inversión del sujeto pasivo), es decir, son autoconsumo.

Plazo: En general el plazo será mensual: 20 días posteriores al mes natural gravado, salvo en diciembre que serán 30 días.

Bimestral: Si al final del segundo mes de un trimestre natural el importe total de las entregas de bienes y prestaciones de servicios que deban consignarse en la declaración recapitulativa supera los 100.000€

Trimestral: 20 días posteriores al trimestre gravado, cuando ni durante el trimestre o en curso o los 4 anteriores  el importe total de las entregas de bienes y prestaciones de servicios sea superior a  la cantidad 50.000€ .

PRINCIPALES OBLIGACIONES FISCALES ENERO 2023

Pasamos a indicarles las principales obligaciones fiscales correspondientes al mes de Enero del presente año 2023.

ESTIMACIÓN OBJETIVA (MODULOS)

Para las empresas acogidas a dicho régimen la fecha para su declaración e ingreso será, desde el día 1  Enero de 2023 hasta el día 30 de Enero de 2023.

ESTIMACIÓN DIRECTA Y DIRECTA SIMPLIFICADA.

Declaración e ingreso, por el concepto de pago a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, durante el 4º Trimestre, antes del próximo día 30 de Enero de 2023.

IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO

Declaración de las cuotas a ingresar, correspondientes al CUARTO TRIMESTRE de 2021 hasta el día 30 de Enero de 2023, junto con la declaración resumen anual.

RETENCIONES

Declaración e ingreso, hasta el día 20 de Enero de 2023 del importe retenido durante el cuarto trimestre de 2022, por los rendimientos del trabajo, actividades profesionales y retenciones procedentes de arrendamientos urbanos (realizada por los arrendatarios.)

NOTA: Las empresas que opten por realizar el pago, con cargo en cuenta, les indicamos que el plazo de presentación finaliza el día 25-1-2023 (modelos 130, 131 y 303) o el día 15-1-2023 (modelos 111 y 115)

RESUMEN ANUAL RETENCIONES (ARRENDAMIENTOS URBANOS)

La fecha límite para su presentación el día 31-1-2023.

 RESUMENES ANUALES (RETENCIONES: RENDIMIENTOS DE TRABAJO, ACTIVIDADES PROFESIONALES –Modelo 190; ENTIDADES EN REGIMEN DE ATRIBUCION DE RENTAS- Modelo 184)

La fecha límite para su presentación (en este caso) la del día 31-1-2023.

FIESTAS LOCALES A CELEBRAR EN LA PROVINCIA DE CIUDAD REAL EN 2023

Vistas las propuestas de Fiestas Locales para el año 2023, formuladas por los distintos Ayuntamientos de la Provincia de Ciudad Real, a instancia de esta Delegación Provincial de Economía, Empresas y Empleo de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en Ciudad Real y comprobadas en cuanto a su no coincidencia con domingos, fiestas nacionales y de la Comunidad Autónoma.

Esta Delegación Provincial de Economía, Empresas y Empleo en uso de las atribuciones que le están conferidas y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 37.2 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (B.O.E. del 24 de octubre), por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, así como el artículo 46 del Real Decreto 2001/83, de 28 de julio (B.O.E. del 29 de julio) y el Decreto 99/2013 de 28 de noviembre, por el que se atribuyen competencias en materia de cooperativas, sociedades laborales, trabajo, prevención de riesgos laborales y empleo y el Decreto 79/2019, de 16 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y se fijan las competencias de los órganos integrados en la Consejería de Economía, Empresas y Empleo de Castilla-La Mancha,

Acuerda:
1º.- Aprobar la relación de Fiestas Locales para la provincia de Ciudad Real a celebrar durante el año 2023 y ordenar que se inserten como Anexo a la presente Resolución.
2º.- Remitirlas para su publicación al Boletín Oficial de la Provincia.
3º.- Conceder un plazo de quince días, a partir de la fecha de publicación de la presente Resolución, a efectos de petición de subsanación de errores, por parte de los Ayuntamientos.

Así lo acuerdo y firmo en Ciudad Real a 6 de octubre de octubre de 2022.- El Delegado Provincial, Agustín Espinosa Romero.